La Ley 98-25 fija un calendario escalonado para eliminar los plásticos de un solo uso y el poliestireno no certificado en la República Dominicana
Santo Domingo, 16 de octubre de 2026. A partir del 15 de diciembre próximo, los comercios del país ya no podrán entregar gratis fundas plásticas de un solo uso. Tampoco podrán vender sorbetes, tenedores, cuchillos ni cucharas de plástico. Así lo dispone la Ley 98-25, que el presidente Luis Abinader promulgó el 15 de diciembre de 2025.
La norma modifica la Ley 225-20 sobre Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos. Su objetivo es reducir la contaminación que generan los desechos y los rellenos sanitarios.
La medida también alcanza al poliestireno, conocido como foam. Su venta quedará restringida, salvo que el producto cuente con una certificación de biodegradabilidad. Hay una excepción: los envases térmicos de foam con tapa integrada tipo bisagra, usados para servir comida, podrán seguir circulando.
Una parte de la ley ya está en vigor. Desde febrero de este año, a los 60 días de la promulgación, está prohibido importar pajillas, cubiertos, tapas plásticas y vasos de foam sin certificación.
El calendario continúa en 2027. Para el 15 de diciembre de ese año, los fabricantes locales deberán ofrecer alternativas ecológicas o biodegradables a los platos y bandejas de foam. La aplicación por etapas busca que el sector productivo tenga tiempo de adaptarse sin que las operaciones de los negocios se vean afectadas de golpe.
La ley se aplica a productores, importadores y comercializadores. Los insumos plásticos de uso médico, hospitalario o de laboratorio que no tengan un sustituto seguro quedan fuera de la prohibición, igual que el foam que se usa en la construcción.
